1. DEFINICIÓN DEL ÓRGANO.
El comité de Ética es un órgano consultivo e interdisciplinar, cuya finalidad es asesorar ante diferentes problemas y conflictos éticos que se puedan dar en la práctica asistencial de los residentes, con el objetivo de mejorar la calidad en la atención que se presta y proteger los derechos de las personas usuarias del centro, de sus familiares y de los profesionales.
2. COMPOSICIÓN.
El Comité de Ética tiene un carácter multidisciplinar por lo que estará constituido por un mínimo de siete miembros:
3.FUNCIONES DEL COMITÉ.
4. ACTUACIÓN DEL COMITÉ
El Comité de Ética se reunirá trimestralmente para la realización de los plenos ordinarios. En dichos plenos se procederá de la siguiente manera:
5. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Todos los miembros del Comité de Ética deberán salvaguardad la confidencialidad y aquello establecido en la ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
La secretaría del Comité de Ética adoptará las medidas pertinentes para garantizar la custodia y conservación de documentos, así como de la aplicación de los procedimientos necesarios para preservar la confidencialidad de toda la información y documentación conservada en formato papel o digital.
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